¿Qué hacer si el código en mi receta es incorrecto?

Como ya me conozco la historia, he ido a la farmacia y les he pedido que me miren el código que tengo asignado…

Te recuerdo que ya te conté la reforma sanitaria aquí y que en este otro enlace tienes todo lo de las recetas médicas y los códigos.

¿Por qué? Pues porque llevo un tiempo escuchando que la Seguridad Social ha dado datos de 2010… Bien, en 2010 yo trabajaba y ahora estoy en paro y sin derecho a prestación… Dime tú la gracia de ir a la farmacia y tener que pagar un 40% cuando ahora no tendría que pagar nada!!! Y qué hago, pagar el 40% y luego reclamar? Y esperar pacientemente a que quien sea me devuelva mi dinero? Ja, antes de que me devuelvan el dinero te digo yo que encuentran la cura para el Lupus.

Así que yo, como siempre, aplico lo de «hombre precavido vale por dos»! Y, efectivamente, en la farmacia me confirman:

1- Que la Seguridad Social ha aportado datos de 2010.

2- Que mi código es erróneo.

Voy a mi casa (maldiciendo al Gobierno) y hago mil llamadas:

1- INSS

Tienen un teléfono de información 900 16 65 65 que es inútil porque siempre te dice que las líneas están ocupadas y que llames más tarde.

Llamo a la oficina que me pilla cerca de casa y ahí me dicen que ellos no tienen ni idea… Les digo que según la ley es el INSS el que ha aportado esos datos y aún así me dicen que no tienen ni idea y que no hay ningún número ni lugar que me puedan dar para que me informen… Bien!!! Me gusta cómo funciona este país!!!

Finalmente, buscando y buscando, llamo a la oficina central del INSS de Madrid (tfno. 91 568 83 00)… Y me dicen que de los cambios se encarga la Consejería de Sanidad de cada comunidad…

Busco en Google la de Madrid…

2- Consejería de Sanidad Comunidad de Madrid

El teléfono, para quien le interese, es el 91 586 70 00. Una chica muy amable me dice que los cambios de código los tiene que hacer la unidad administrativa de nuestro centro médico. Que lo único que tienen que hacer es meterse en un programa que se llama Cibeles, comprobar los datos y modificarlos en caso necesario.

Y que si no me lo quieren hacer, que ponga una reclamación para que llegue a atención al paciente.

3- Centro médico 

Por último, llamo a mi centro médico y allí una chica un tanto seca me dice que bueno, que si eso es lo que me dicen en el INSS y en la Consejería que vale, que me pase con la documentación y que ya veremos…

Si es que tiene tela…

Bueno, y he mandado mil correos preguntando, así que a ver qué me dicen… Pero por ahora yo voy a intentarlo a través del centro de salud.

Ah mirad, el Centro de Información Telemática Consejeria de Sanidad (sanidadinforma@salud.madrid.org) me ha contestado lo siguiente! Os copio el correo, ok?

«En contestación a su correo electrónico de fecha 05 de Julio de 2012, relativo a su consulta, le informamos de que según el Real Decreto Ley 16/2012 de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, en su artículo 94 bis, punto 8:

 
» Estarán exentos de aportación, los usuarios y sus beneficiarios que pertenezcan a una de las siguientes categorías:
 
a) Afectados de síndrome tóxico y personas con discapacidad en los supuestos contemplados en su normativa específica.
b) Personas perceptoras de rentas de integración social.
c) Persona perceptoras de pensiones no contributivas.
d) Parados que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo en tanto subsista su situación.
e) Los tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional.»
 
Según establece el apartado d), son los parados que han tenido derecho al subsidio de desempleo (no prestación de desempleo) y lo han agotado, quienes están exentos del pago farmacéutico.
 
También le informamos que si es su caso y se trata de un error en el Código de Clasificación del Tipo de Usuario, podrá corregir dicho error  mediante el modelo de disconformidad que estará a disposición del usuario en cada Centro de Salud, y mientras tanto interponiendo una reclamación.
 
Las reclamaciones deberán formularse por escrito, en el modelo oficial o en cualquier otro formato que contenga los siguientes datos:▪ Nombre, apellidos, DNI/NIE, teléfono y domicilio a efecto de notificaciones.
▪ Nombre, apellidos y DNI/NIE
 del paciente.
▪ Relación del reclamante con el paciente.
▪ Motivo de la reclamación y petición que realiza.
Podrán presentarse en cualquier centro asistencial o administrativo dependiente de la Consejería de Sanidad, en los Servicios de Atención al Paciente o en las Unidades que se habiliten para gestionar su tramitación.

 Para mas información puede consultar la página web: Reclamaciones, sugerencias y agradecimientos sobre asistencia sanitaria>

 
Le facilitamos un enlace en donde puede consultar la información sobre el repago sanitario.
 
Esperando que esta información sea de utilidad, nos ponemos a su disposición para cualquier otra consulta.

Atentamente.»

Os recomiendo que le echéis un vistazo al último enlace, pero así, a bote pronto, me resulta «graciosa» la distinción que me hacen entre subsidio de desempleo y prestación de desempleo… Pero no era éste un sistema justo y equitativo basado en el nivel de renta?!?!?! O sea, que va a ser que no cobro ni un duro, pero que aún así tengo que pagar extra por una medicación que tomo porque no tengo más remedio??? Qué bien, no? Esto es un chollo!!!

Poca vergüenza… Y tampoco digo nada de los pobres abuelillos que tampoco tienen culpa de tener que tomar sus mil pastillas y tener un paupérrima pensión que encima les congelan… En fin, no digo más porque me enciendo. Creo que todos pensamos lo mismo.

¿Qué documentación necesito aportar?

Bien, aquí sí que nadie me ha podido decir nada de nada… Lo único que yo tengo por ahora es mi DNI y mi justificante de demanda de empleo, pero en mi caso concreto necesito probar a mi centro médico que estoy en paro y no cobro ni un euro. Así que yo voy a hacer esto y ya os contaré si es lo que vale o no…

Mañana iré a las oficinas del INSS y pediré un certificado que muestre que estoy en paro y sin derecho a prestación.

Inmediatamente me plantaré en mi centro médico y pediré la modificación de mis datos aportando esa documentación. Si me dicen que no, reclamación y vendré a casa a liarme a hacer llamadas de nuevo…

Yo lo veo todo muy lógico, no? El problema es que aquellos de los que dependemos tienen la lógica no sé en dónde…

En fin, ya actualizaré esto si hay novedades…

Os recomiendo que si vuestra situación ha cambiado desde 2010 hasta ahora, comprobéis vuestros datos antes de pedir recetas. No tenemos que dejar que nos hagan pagar cuando no tenemos que hacerlo. Que cojan el dinero de quienes lo tienen a raudales, no de los pobres enfermos!!!

Vergüenza les tenía que dar… Porque yo me muevo bien en internet y busco y hago las mil llamadas y me cojo el coche y voy a donde sea, pero decidme qué hace un pobre abuelete o una persona que no tenga internet o no sepa manejarse bien… O que viva en un pueblo y tenga dificultad para desplazarse… No hay derecho a esto…

ACTUALIZACIÓN 18 Julio 2012

No sé si sabréis que fui al INSS a pedir el certificado de que no cobro ningún tipo de prestación… Bien, pues cuál es mi sorpresa cuando me dicen que no tengo asistencia sanitaria!!! Que, por lo visto, con el tema de la reforma sanitaria ha habido una serie de «desajustes» y a algunos nos ha pasado lo que a mí…

Mi primera pregunta es: ¿Por qué diablos no he recibido ningún tipo de notificación sobre esto? ¿Qué hubiera pasado si no me hubiera enterado por casualidad????

En fin, que hoy he vuelto al INSS a aportar la documentación para que me vuelvan a dar mi derecho a sanidad…

Lo que me llamaba la atención es que ayer mismo, sin tener asistencia, pedí cita en el médico de cabecera… He preguntado en el INSS cómo era eso posible y me han dicho que sí puedo pedir cita, pero que otra cosa es que me atiendan en el centro o en el hospital… Que, y cito palabras textuales, «con esto de la reforma hay que andarse con mucho ojo».

Si, como yo, estás en paro y sin cobrar prestación, quizá quieras acercarte por el INSS y comprobar tu situación…

A mí ya me han dado mi papelito y ahora me tengo que acercar al centro médico a entregarlo… A ver qué me dicen allí…

ACTUALIZACIÓN 18 Enero 2013

Perdonad, que nunca os lo conté!!!

Reclamé en mi centro médico para que me cambiaran el código, ya que soy persona sin recursos. Junto con la solicitud entregué una copia de mi demanda de empleo y un certificado del INSS que acredita que soy persona sin recursos.

Al tiempo (no mucho, la verdad) me llamaron por teléfono y fueron muy amables. Me dieron la oportunidad de preguntar mis dudas y me las contestaron. Pero me dijeron que tenía que aguantarme con ese código y pagar.

El 3 de Octubre de 2012 recibí una carta que dice lo siguiente (ya veréis qué gracioso):
“En contestación a su escrito, en el que expresa si disconformidad con el código de aportación farmacéutica asignado, le informo lo siguiente:
– (…) porcentaje de aportación farmacéutica proporcional al nivel de renta del usuario, que se actualizará, como máximo, anualmente y a su condición como asegurado, activo o pensionista o como beneficiario,
– En este momento usted figura en el Fichero General de Afiliación a la Seg. Social como persona sin recursos, a efectos de su derecho a la asistencia sanitaria. El código que se le ha asignado, en base a esta situación y los datos de la declaración de la renta del último año fiscal consolidado (a fecha de hoy los del año 2010) es el código TSI 003, que conlleva una aportación del 40%.
– Cuando se consoliden los datos de la campaña de la Declaración del IRPF de 2010 se procederá a actualizar la base de datos de asegurados del Sistema Nacional de Salud y a la modificación, en su caso, de los códigos de aportación asignados a cada ciudadano, de acuerdo con el procedimiento fijado en el RDL 16/2012″.

Tiene “gracia”, eh? En fin… No digo más… A día de hoy sigo sin cobrar ni un duro y pagando el 40% de toda mi medicación…

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Gestiones varias

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13 pensamientos sobre “¿Qué hacer si el código en mi receta es incorrecto?


  1. africa says:

    me pas lo mismo con mi madre que tiene 65% de discapacidad sin ninguna pension áyuda y enfermedades cronicas entre ella insuficiencia renal tumor de la piel , osteoporosis,….aùn asi tiene que pagar 40%


  2. miguel says:

    Olvide decir te de que debes de guardar las facturas de todas las medicacciones y solicitar la devolucion del dinero de los mismos en en el escrito de reclamaccion que te comente antes.
    Saludos :=)


  3. miguel says:

    Mi codigo de farmacia tambien esta mal.
    Hice las reclamacciones al «servicio andaluz de salud» tambien al «ministerio de sanidad, servicios sociales e igualdad» y tambien a la «seguridad social»
    Los dos primeras administraciones me dejaron entender es sus escritos que es la seguridad social la que da la informaccion de la aportaccion farmaceutica.
    A la seguridad social le puse luego un recurso de alzada aunque fue fuera de plazo. Pero mi interes es agotar la via administrativa para ir al contencioso administrativo pidiendo la justicia gratuita en el colegio de abogados.

    Te invito a que pongas una reclamaccion a la Seguridad Social poniendo tus datos personales y pongas EXPONGO (expones tu caso y mencionas el decreto ley y dices los medios de prueba y lo que alegas) luego pones un SOLICITO (pones lo que proceda),, luego pones fecha, firmas y aportas fotocopias de la documentaccion que quieres apostar.
    Te deben de contestar en cosa de un mes.
    Si no te llega una carta en menos de un mes tienes dos meses mas para poner un recurso de alzada. Yo deje pasar el tiempo y puse el recurso de alzada a mas de 3 meses, no se si me perjudicara pero ya me enterare.

    Un saludo y suerte :=)


  4. miguel says:

    Aviso a navegantes!!! A mi me pasa pasa lo mismo pero por seguir tratamientos derivado de accidente de trabajo, reclame al «servicio andaluz de salud» al «servicio de sanidad servicios sociales y igualdad» y tambien a la «seguridad social»
    Los dos primeros echan la responsabilidad a la seguridad social por que tiene la postetad y facilita los datos de aportaccion a las administracciones.
    A la respuesta de la seguridad social le puse un recurso de alzada fuera de plazo. No se si eso me puede perjudicar en mi caso, pero mi intencion es agotar la via administrativa y ir al contencioso administrativo evidentemente solicitando la justicia gratuita.
    Veo que el asunto canta mucho por no decir una barbaridad y que este gobierno esta jugando con nosotros. Ya sea por el desconocimiento de las leyes como del procedimiento administrativo.
    Yo te recomendaria que pusieras una reclamaccion en la seguridad social donde pongas tus datos personales y luego EXPONGO(pones lo que proceda y comentas lo que aportas(haces mencio a la citado real decreto y al articulo que te afecta y interesa)) y luego SOLICITO(pones lo que proceda)luego pones la fecha , firmas y aportasfotocopia de todos los medios de prueba.

    Un saludo y espero de que tengas suerte . :=)


  5. victoria says:

    Cando ¿Dónde hiciste la reclamación, qué página de internet?


  6. cando says:

    yo tambien tenia un codigo erroneo e hice una reclamacion por internet y en dos dias me lo solucionaron sin ningun problema


  7. Pyrri says:

    Gracias por la información!!, yo también estoy igual que tú.
    Muchos datos en las webs de los ministerios y no hay ni dios que encuentre algo de luz sobre el tema de cómo cambiar el código mal asignado. Pareciera que no quisieran que la gente se entere, para así recaudar más?


  8. Marisé says:

    Como siempre, muy completa la información, menuda currada te has pegado esta mañana!!! Mil gracias!


    • tulupus says:

      Gracias a ti, Marisé, por tu comentario! Ya que me pego yo el trabajo para cambiarlo, pues difundo! Que seguro que a más de uno le pasa :p.
      Ahora, lo que me ha hecho mucha gracia es el tema de la distinción entre subsidio desempleo y prestación por desempleo… Tiene gracia que digan que es un sistema equitativo y justo que va en función de la renta… Preguntaré de todas formas, pero me temo que voy a tener que pagar un 10% cuando no cobro ni un duro!!!
      Como la cosa siga así voy a tener que cobrarle a mi novio por lavarle la ropa y hacerle de comer!!!! :p